Estoy en búsqueda laboral, ¿debería agregar mi discapacidad en el CV? Una guía para la búsqueda de trabajo para personas con discapacidad

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Ahora más que nunca, las personas que buscan empleo necesitan recursos que les ayuden a volver al trabajo.

Los trabajos remotos pueden ser una excelente opción para las personas con discapacidad que buscan trabajar desde casa debido a preocupaciones de seguridad o transporte. Este entorno también permite a los empleadores adoptar la diversidad y la inclusión sin restringir a los solicitantes a un entorno de oficina específico que puede no ser adecuado para las necesidades de todas las personas.

Los estudios han demostrado que las personas empleadas que tienen la libertad de trabajar desde casa suelen experimentar un mejor equilibrio entre el trabajo y la vida. Sin tener que preocuparse por un viaje largo o estresante, encontrará más tiempo durante el día para hacer las cosas que disfruta en lugar de pasar ese tiempo en el tráfico. Además, podrías ahorrarte algunos dólares si llenas el tanque de gasolina con menos frecuencia.

También debe tener en cuenta qué tipo de entorno de oficina es mejor para sus necesidades. Si eres del tipo que prospera con las interacciones cara a cara, es posible que prefieras un puesto en persona. Alternativamente, puede descubrir que es más productivo cuando tiene tiempo para trabajar sin las distracciones que vienen con una oficina llena de gente.

Si está buscando obtener una posición remota, los siguientes recursos pueden ayudarle en su búsqueda de trabajo:

– Filtrar en las búsquedas. Cada vez más portales y empresas buscan sumar personas con discapacidad a sus equipos, por lo que es posible encontrar filtros de discapacidad en la mayoría de los portales de empleo. Utiliza estos filtros para sacar ventaja del tiempo en tu búsqueda laboral.

– Workana: Workana es una plataforma que te conecta con clientes que necesitan contratar freelancers de diversas áreas para hacer crecer sus empresas. Una gran alternativa para personas con discapacidad ya que puedes trabajar con flexibilidad de horarios y desde cualquier parte del mundo.

– Oficinas de empleo para personas con discapacidad: Generalmente puedes encontrar oficinas de empleo para las personas con discapacidad en diferentes localidades. Sería una alternativa poder localizar la más cercana a ti y comunicarte. 

– Incluyeme.com: Incluyeme.com es una plataforma donde personas con discapacidad pueden postular y aplicar a oportunidades laborales y de formación de manera totalmente gratuita. Tiene presencia en 10 países de Latinoamérica: Argentina, Chile, México, Uruguay, Paraguay, Colombia, Perú, Ecuador, Costa Rica y Panamá. 

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¿Qué pensiones existen para las personas con discapacidad en Uruguay?

¿Qué pensiones existen para las personas con discapacidad en Uruguay?

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En Uruguay existen diferentes tipos de pensiones por situación de discapacidad. Cada una tiene sus requisitos. Aquí te explicamos cada uno paso a paso.

Pensión por invalidez: Es una prestación no contributiva que se abona mensualmente a personas con discapacidad, según dictamen médico del sector Evaluación de Incapacidad, y que carezca de recursos para subvenir a sus necesidades vitales.

Beneficiarios: 

– Personas con discapacidad común y en situación de carencia de recursos para hacer frente a sus necesidades vitales.

– Personas con discapacidad severa.

Es una prestación para quienes residan en Uruguay, y en Argentina o Brasil a no más de 5 km de la frontera.

Las personas con dictamen de discapacidad común deberán comprobar carencia de recursos para subvenir a sus necesidades vitales. Para esto se tomarán en cuenta los ingresos de la persona con discapacidad y de los familiares civilmente obligados a prestarle alimentos, sean convivientes o no.

Contribución para prótesis y ortesis: El Banco de Previsión Social otorga partidas económicas a las personas trabajadoras que por razones de salud necesitan adquirir prótesis y ortesis, según prescripción médica.

Estas contribuciones pueden destinarse a la compra de productos o artículos sanitarios, prótesis comunes, quirúrgicas fijas, ortopédicas permanentes o temporales externas, audífonos, sillas de ruedas y ortesis, es decir, productos no implantables que se destinan a modificar las condiciones estructurales o funcionales del sistema neuromuscular o del esqueleto (férulas, plantares, rodilleras, fajas, corsé, entre otros).

Las personas beneficiarias deberán contar con un diagnóstico e indicación médica. En caso de personas beneficiarias titulares de empresa deberán estar al día con los aportes a BPS.

Subsidio transitorio por incapacidad parcial: Es una prestación económica que se sirve a aquellas personas trabajadoras que presentan una imposibilidad física para su tarea habitual. La discapacidad deberá ser dictaminada por los servicios médicos de BPS.

Este beneficio incluye trabajadores de:

Industria y comercio.

Construcción.

Administración pública (excepto militares, policiales).

Rurales.

Trabajo doméstico.

Las personas trabajadoras de hasta 25 años de edad requieren un mínimo de 6 meses de actividad. Las personas trabajadoras de más de 25 años de edad requieren un mínimo de 2 años de actividad.

Jubilación por incapacidad física total: Es una jubilación que se adquiere cuando un trabajador presenta una incapacidad absoluta y permanente para todo tipo de trabajo.

Este beneficio incluye trabajadores de:

Industria y comercio.

Construcción.

Administración pública (excepto militares, policiales).

Rurales.

Trabajo doméstico.

Las personas trabajadoras de hasta 25 años de edad requieren un mínimo de 6 meses de actividad. Las personas trabajadoras de más de 25 años de edad requieren un mínimo de 2 años de actividad. En caso de discapacidad sobrevenida a causa u ocasión de trabajo, no se requiere un mínimo de años. En caso de discapacidad sobrevenida luego del cese, se requiere un mínimo de 10 años de actividad, tiene que ser su única pasividad y se debe probar residencia en el país desde la fecha de cese.

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Tener una pensión por discapacidad y trabajar de manera legal en Chile, ¿es posible?

Tener una pensión por discapacidad y trabajar de manera legal en Chile, ¿es posible?

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En Chile, si tienes una discapacidad física o mental tienes derecho a solicitar la pensión de invalidez, un beneficio que te permite acceder a un aporte de dinero si te encuentras en una situación difícil. Pero, ¿se puede trabajar teniendo pensión de invalidez?

En primer lugar, es necesario hacer una diferencia entre la pensión de invalidez y la pensión básica solidaria de invalidez. Esta última es un beneficio que otorga el Estado (con recursos fiscales) a personas que hayan sufrido un deterioro importante en su capacidad laboral y no tengan derecho a recibir pensión.

Se trata de un beneficio destinado a trabajadores menores de 65 años o a aquellos que no han cotizado y que, por eso, no cuentan con ahorros en caso de sufrir algún grado de invalidez que les impida desempeñar sus labores con normalidad.

Además, esta pensión está destinada a integrantes de grupos familiares que pertenezcan al 60% de la población de menos recursos, según el puntaje que consigna el Registro Social de Hogares (RSH). Es importante destacar que, si necesitas obtener la pensión básica solidaria de invalidez, no debes estar pensionado por vejez ni ser beneficiario de una pensión de sobrevivencia.

A diferencia de la pensión básica de invalidez, la pensión de invalidez del sistema previsional está destinada a los trabajadores cotizantes. En la misma línea, vale la pena precisar que se otorga en dos categorías:

– Pensión de invalidez total. Esta se otorga a los afiliados que presenten una invalidez de, al menos, ⅔ de su capacidad laboral.

– Pensión de invalidez parcial. Se entrega cuando la persona afiliada sufre una pérdida de la capacidad de trabajo igual o superior al 50%, e inferior a ⅔.

Para recibir el beneficio debes haber sido declarado oficialmente como persona con discapacidad (física o mental) por una de las Comisiones Médicas dependientes de la Superintendencia de Pensiones. Cuando eso suceda, podrás optar entre distintas modalidades de pensión, como los retiros programados de la AFP o las Rentas Vitalicias.

Si recibes una pensión por invalidez y deseas continuar trabajando en labores remuneradas, no hay problema con que tengas un nuevo puesto de trabajo. La ley que regula este beneficio no impone ningún tipo de incompatibilidad entre recibir la pensión de invalidez y tener un nuevo trabajo. Sin embargo, esto es distinto si trabajas en el sector público porque, según el Estatuto Administrativo, la declaración de invalidez te inhabilita para ejercer cargos de administración pública.

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¿Cómo sobrellevar discapacidad después de un accidente?

¿Cómo sobrellevar discapacidad después de un accidente?

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Aunque la mayoría de las personas estamos muy claros en que aquellos que sufren una discapacidad son como cualquier otra y tienen los mismos derechos, pero al momento de llevarlo a la práctica, en especial en lo que se refiere al trato, no parece estar muy claro. Por lo que sabemos que sobrellevar discapacidad no es tan sencillo.

Sobre todo, si la discapacidad ha surgido de forma repentina y la reacción popular suele ser no observar a la persona que la sufre como un todo, sino definirla a través de las limitaciones que ha traído consigo la discapacidad que ha adquirido.

No deje de revisar un apartado dedicado a Películas sobre personas con discapacidad ¡Imperdibles!

Por eso hoy hemos recopilado para ti toda una serie de consejos sobre cómo sobrellevar discapacidad que ha aparecido después de un accidente, así que ¡presta mucha atención!

Consejos sobre cómo sobrellevar discapacidad después de un accidente

1# Acude a un especialista:

Lo primero que debes hacer es que, tan sólo confirmar la nueva discapacidad, sin importar cuál sea, acudir a un especialista en el área que pueda guiarte acerca de los cuidados especiales que pueda tener la persona y su alimentación.

sobrellevar discapacidad

Cada discapacidad es única porque una persona no va a reaccionar de la misma manera a otra, aunque ambas compartan la misma discapacidad. Por eso es tan importante aprender a sobrellevar discapacidad.

2# No lo sobreprotejas:

El ideal al que deben aspirar todas las personas que sufren de alguna discapacidad es hacer lo más independientes posible, para que así puedan defenderse por si solos de las adversidades que hallarán en la vida.

Para lograrlo, sobreprotegerlos es un error. Debes estar ahí, para ayudarles y guiarles, pero ellos necesitan su tiempo a solas, porque si no, el día en que no estés no sabrán qué hacer. Además, la sobreprotección puede causarles irritación y depresión, pues puedes hacerles sentir inútiles.

3# Olvídate de la lástima:

A ninguna persona le gusta la idea de que alguien se compadezca o le tengan lástima de forma continua, menos a una que acaba de pasar por un accidente y debe aprender a sobrellevar discapacidad.

sobrellevar discapacidad cuidado

Así que si quieres ayudarlos ¡tenerles lástima o compasión sólo lo empeora!

4# No hay razón para temer:

Muchas personas, producto de los estereotipos sociales suelen sentir miedo o rechazo hacia las personas que sufran de discapacidad para hablar, alguna limitación cognitiva o una enfermedad mental.

Lo cierto es que sólo se debe tener paciencia, son personas, no monstruos o agentes extraños. Son tan iguales a ti y a mí como cualquiera.

5# Paciencia:

Ésta es la base de toda la ciencia de sobrellevar discapacidad, tanto para la familia de la persona que la padece como para el discapacitado. Hay ocasiones en que nos frustramos porque no comprenden las instrucciones que les damos o no logramos comunicarnos con ellos correctamente.

¡Paciencia! Tomate un respiro y vuelve a intentarlo, porque la intensión de la persona no es gastar tu paciencia, no lo hace adrede. Además, cuando hay que sobrellevar discapacidad después de un accidente, la persona incluso puede caer en depresión y volverse agresiva.

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Esto suele pasar en aquellas personas que pierden la completa movilidad de su cuerpo o algún miembro por amputación ¡Paciencia! Ellos han sufrido un trauma y están aprendiendo a vivir con aquello que les falta.

¡Hemos llegado al final! ¿te han servido estos consejos para sobrellevar discapacidad? ¿te sabes algún otro? ¡cuéntanoslo!

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Todo lo que debes saber sobre la ley de cuotas en Chile

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Cuotas legales

Como otros países de la región, Chile cuenta con diversas leyes que respaldan y garantizan los derechos laborales de las personas en situación de discapacidad.

El sistema de cuotas es una de las medidas que varios países, a nivel mundial, han implementado con el fin de promover y favorecer la inclusión sociolaboral de las personas con discapacidad al mercado de trabajo.

Tal es así, que el artículo n° 46 de la Ley 24.422, promulgada en Chile en el año 2010, hace mención sobre la inclusión laboral de la población con discapacidad a través de la creación de condiciones y el resguardo de la misma.

Ésta hace referencia al contrato de aprendizaje, la selección de personal en instituciones públicas y la realización de los ajustes y/o servicios de apoyos para favorecer el desarrollo de las personas con discapacidad en el área laboral.

Lo mencionado fue reforzado en el año 2017, cuando se promulgó la Ley 21.015 o Ley de inclusión laboral, la cual exige a todos los organismos públicos y a las empresas privadas con más de 100 personas trabajadoras, que destinen al menos el 1% de su plantilla para empleados y empleadas con discapacidad. 

Además, el sector público, deberá seleccionar preferentemente a las personas con discapacidad cuando se encuentren en igualdad de mérito que los demás postulantes.

Asimismo, las personas con discapacidad deberán contar con  el certificado que acredite la presencia de discapacidad. 

La Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), es quien entrega las resoluciones para dar cuenta de la presencia o no de discapacidad, la cual debe estar determinada previamente por un profesional médico, luego de lo anterior, se puede solicitar la inscripción en el Registro Nacional de Discapacidad (RND).

Las iniciativas legales impulsadas por este país buscan poder acercarse lo más posible a las exigencias planteadas por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. 

Es importante mencionar que si bien la Ley 21.015 fue promulgada en el año 2017, a partir del 01 de abril de 2019 todas las empresas con 100 o más trabajadores deben cumplir con las obligaciones sujetas a la ley. 

Por otro lado, la Ley 21.275 modifica el Código del trabajo, la cual entrará en vigencia a partir del 1 de noviembre de 2022, con el fin de exigir a las empresas que tienen en su planilla a 100 o más trabajadores adoptar las medidas que faciliten la inclusión laboral de trabajadores y trabajadoras con discapacidad. Allí, el artículo 125 quarter menciona que al menos uno de los o las trabajadoras que desarrollen funciones relacionadas con recursos humanos deberá contar con una certificación otorgada por el Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales denominada Gestor de inclusión laboral, para que dé cuenta de los conocimientos específicos con el fin de que fomenten la inclusión laboral de personas con discapacidad.

Además, las empresas deberán promover políticas en materia de inclusión dentro de ellas, las cuales tendrán que ser informadas anualmente a la Dirección del Trabajo. Como también, deberán desarrollar y llevar a cabo, de manera anual, programas de capacitación del personal, con el fin de brindar las herramientas necesarias para una efectiva inclusión laboral dentro de las empresas.

Fiscalización

Para dar cumplimiento a lo anteriormente mencionado, las empresas, todos los años en el mes de enero, deberán informar a través de la plataforma online de la Dirección del Trabajo el número total de trabajadores, el número total de personas con discapacidad, que debe alcanzar al menos el 1% del total de los trabajadores y el número de contratos vigentes que mantienen con las personas con discapacidad. Se considera el período entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año anterior.

Por otro lado, las empresas que lleven a cabo alguna de las dos medidas alternativas, deberán realizar cada año, en el mes de enero, una comunicación electrónica a la Dirección del Trabajo, a la Subsecretaría de Evaluación Social del Ministerio de Desarrollo Social, al Servicio Nacional de Discapacidad y al Servicio de Impuestos Internos, en donde quede asentado el motivo y la medida adoptada. Esta comunicación tendrá una vigencia de 12 meses.

Beneficios fiscales

En cuanto a los beneficios que pudiese recibir la empresa,  actualmente en Chile no existen beneficios de deducciones fiscales, sin embargo, cuentan con el reconocimiento del “Sello Chile Inclusivo” , el cual da cuenta que la empresa pública o privada realiza acciones en pro de la inclusión de personas con discapacidad al ámbito laboral. Esta, se divide en diversas categorías, entre las que encontramos el sello con mención en accesibilidad universal, accesibilidad web e inclusión laboral. Sin embargo, si las instituciones cuentan con un sello de inclusión laboral y accesibilidad universal o accesibilidad web se les otorga uno de oro. Pueden optar a este las municipalidades, ministerios, instituciones privadas con o sin fines de lucro y organismos públicos en general.

La Asociación Chilena de Seguridad (ACHS) hace 26 años, otorga el premio de “Contribución Social a la Ubicación Productiva de las Personas con Discapacidad”, a empresas que se encuentren afiliadas y que incluyan dentro de sus labores a personas con discapacidad. Las categorías para obtener este reconocimiento son por re-incluir laboralmente a trabajadores que sufrieron un accidente laboral, a trabajadores que fueron constantes en su proceso de recuperación, alcanzando su inclusión sociolaboral y el fomento del trabajo para personas con discapacidad, cuyo reconocimiento es a empresas que contraten progresivamente a personas con discapacidad.

Multas

La Dirección del Trabajo considera que la infracción de esta ley constituye una falta gravísima y estableció una escala de multas para las empresas que no cumplan con la Ley de Inclusión, las que serán aplicadas de manera mensual. 

  • Las empresas infractoras que tengan de 100 hasta 199 trabajadores deben pagar una multa de 40 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), es decir, cerca de $1.900.000. 
  • Las empresas infractoras que tengan 200 o más trabajadores deben pagar hasta 60 UTM, cerca de $2.900.000, por cada mes de incumplimiento.

Las multas por infracción de la ley 21.015 son mensuales pero se saldan de manera anual durante el mes de enero.

Medidas alternativas

La cuota de empleo podrá ser cumplida con medidas alternativas sólo por 2 razones fundadas:

  • Por la naturaleza de las funciones.
  • Por la falta de interesados, la cual se certificará a través de la Bolsa Nacional de Empleo. 

Las medidas alternativas incluyen:

  • La realización de donaciones a organizaciones que tengan por objetivo la capacitación, rehabilitación y promoción para crear empleos, contratos o inclusión laboral de personas con discapacidad. 
  • Celebrar contratos de prestación de servicios con empresas que, entre sus trabajadores, tengan contratadas a personas con discapacidad.

Las donaciones no darán derecho a los créditos y beneficios tributarios, pero sí tendrán la calidad de gasto necesario, para producir la renta de acuerdo a lo establecido en el artículo 31 de la Ley sobre Impuestos a la Renta. Tampoco, se podrán realizar a instituciones en donde en el directorio participe el donante, su cónyuge, su conviviente civil o sus parientes ascendientes o descendientes hasta el tercer grado de consanguinidad. 

Si el donante es una persona jurídica, no podrá efectuar donaciones a instituciones en cuyo directorio participen sus socios o directores o los accionistas que tengan el 10% o más del capital social, o los cónyuges, convivientes civiles o parientes ascendientes o descendientes hasta el tercer grado de consanguinidad de dichos socios, directores o accionistas.

El monto anual de donaciones no debe ser menor a 24 ingresos mínimos mensuales ni mayor a doce veces el límite máximo imponible respecto de cada trabajador que debía ser contratado por la empresa.

Las empresas que llevan a cabo alguna de las dos medidas alternativas, deberán realizar una comunicación electrónica en el mes de enero cada año, a la Dirección del Trabajo, a la Subsecretaría de Evaluación Social del Ministerio de Desarrollo Social, al Servicio Nacional de Discapacidad y al Servicio de Impuestos Internos, en donde quede asentado el motivo y la medida adoptada. Esta comunicación tendrá vigencia de 12 meses.

Regulaciones sobre accesibilidad universal en oficinas o espacios de trabajo.

En cuanto a regulaciones sobre la accesibilidad universal, son requeridas en aquellos espacios públicos o privados de uso público o que presten servicio a la comunidad o las nuevas edificaciones colectivas, las cuales deberán ser accesibles y utilizables, de manera autónoma y sin dificultades por personas con discapacidad, específicamente por aquellas con movilidad reducida.

Si bien, no se han encontrado, al momento, regulaciones sobre la accesibilidad universal en las oficinas y espacios privados de trabajo, si se menciona en el artículo 24. de la Ley 20.422 que todas las organizaciones, públicas o privadas, que ofrezcan servicios educacionales, capacitación o empleo, deberán realizar los ajustes y modificaciones necesarias para adecuar los mecanismos, procedimientos y prácticas de selección con el fin de promover y garantizar la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad que participen en ellos.

 Para más información: Ley 20.422.

Ley 21.015.

Ley 21.275.

Sello Inclusivo Chile.

Asociación Chilena de Seguridad (ACHIS).

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