En México, la legislación ofrece beneficios fiscales a los empleadores que contratan a personas con discapacidad, con el objetivo de fomentar su inclusión laboral. Según el Artículo 22 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), los patrones que contraten a personas que padezcan alguna discapacidad, ya sea motriz, mental, auditiva, de lenguaje o visual, podrán deducir del total de su impuesto sobre la renta el 100% de los impuestos sobre la renta que retengan y enteran de estos trabajadores.

Tipos de Discapacidad Elegibles:

  1. Discapacidad Motriz: Personas que utilizan permanentemente prótesis, muletas o sillas de ruedas.
  2. Discapacidad Mental.
  3. Discapacidad Auditiva o de Lenguaje: Que presenten un ochenta por ciento o más de pérdida de capacidad normal.
  4. Invidentes.

Para poder acceder a estos beneficios fiscales, los empleadores deben asegurarse de cumplir con la obligación del artículo 12 de la Ley del Seguro Social, que exige el aseguramiento de estos empleados en el régimen obligatorio, además de obtener un Certificado de Discapacidad del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Inversión en Activos Fijos

De acuerdo con el Artículo 40 de la Ley del ISR, los patrones pueden deducir al 100% las inversiones realizadas en adaptaciones a instalaciones que faciliten el acceso y uso a personas con discapacidad. Esta deducción aplica a adiciones o mejoras que se lleven a cabo en los activos fijos, siempre que estén destinadas a mejorar la accesibilidad.

Ley de Accesibilidad

La Ley de Accesibilidad establece que todas las dependencias, edificaciones, empresas constructoras y servicios de transporte público deben crear infraestructuras adecuadas para garantizar que las personas con discapacidad puedan trasladarse y acceder a diversos lugares sin barreras.

Implementación y Señalización

El diputado José Ballesteros ha afirmado que esta ley se implementará para asegurar que las personas con discapacidad tengan garantizado un mejor acceso a espacios públicos y privados. Esta legislación incluye requisitos para la señalización táctil y visual, identificando espacios accesibles con el símbolo internacional de discapacidad, como baños accesibles, elevadores y rampas.

Además, se contempla que los espacios recreativos también cuenten con rutas accesibles, facilitando la movilidad de personas con discapacidad motora, permitiendo su uso en parques y espacios públicos a lo largo del país.

Inclusión de Otros Grupos

La Ley de Accesibilidad también establece que los establecimientos mercantiles y bancarios deben tener áreas accesibles para embarazadas y adultos mayores. A su vez, se proyecta la realización de campañas y actividades de sensibilización, como talleres y exposiciones, para informar a la población sobre los derechos de las personas con discapacidad.

Avances y Colaboración

La cooperación entre el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia Ciudad de México y el Instituto para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad ha sido fundamental en la implementación de estas leyes, buscando mejorar la calidad de vida y promover la inclusión social de las personas con discapacidad en el país.


Fuentes: