El Ministerio de Salud y Protección Social implementó un nuevo procedimiento para la Certificación de Discapacidad mediante la Resolución 113 de 2020, que establece disposiciones para la evaluación y registro de personas con discapacidad en Colombia. Esta norma derogó los actos administrativos 583 de 2018 y 246 de 2019, definiendo competencias para los actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), así como la ruta a seguir para los solicitantes de la certificación, las fuentes de financiación para las valoraciones clínicas y la expedición de los certificados de discapacidad, además de las restricciones sobre la información registrada en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad (RLCPD).

¿Qué es el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad (RLCPD)?

El RLCPD es un sistema de información que permite recopilar datos actualizados sobre las personas con discapacidad en Colombia. Su objetivo es localizar y caracterizar a estas personas en diferentes niveles territoriales, facilitando la planificación y la ejecución de programas y proyectos enfocados en garantizar sus derechos. Este registro también es una herramienta estadística que ofrece información permanente sobre la situación de la discapacidad en el país, contribuyendo a la formulación y reformulación de políticas públicas en este ámbito.

Procedimiento de Certificación de Discapacidad

La población con discapacidad en Colombia ahora puede acceder a una valoración médica integral de su condición. Para ello, equipos multidisciplinarios de profesionales de la salud de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) autorizadas por las Secretarías de Salud Departamentales o Distritales son responsables de realizar las valoraciones.

Este procedimiento se lleva a cabo en una sola cita médica, donde se realizan tres actividades fundamentales:

  1. Se elabora un perfil completo de la discapacidad, utilizando la Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud (CIF) desarrollada por la Organización Mundial de la Salud (OMS).
  2. Se entrega a la persona con discapacidad el nuevo certificado.
  3. Se registra la información en el aplicativo del Ministerio de Salud, conocido como RLCPD.

Datos importantes a tener en cuenta

  • A diferencia del pasado, este proceso ya no se realiza a través de la EPS a la que estés afiliado; ahora, la entidad responsable es la Secretaría de Salud Municipal o Distrital de tu lugar de residencia.
  • La solicitud y el registro NO tienen costo.
  • Debes estar afiliado al régimen subsidiado o al régimen contributivo.

Paso a Paso del Proceso de Certificación

  1. Reúne los siguientes documentos:

    • Carta de solicitud de Certificado de Discapacidad y para inclusión en el RLCPD, con la siguiente información:
      • Nombre completo y número de identificación de la persona.
      • Dos (2) teléfonos de contacto.
      • Correo electrónico de contacto.
      • Nombre y teléfono de un familiar o acudiente.
    • Copia de la historia clínica con diagnóstico relacionado con la discapacidad, emitida por el médico tratante de la EPS a la que te encuentres afiliado.
    • Copia de los exámenes que complementen el diagnóstico de discapacidad.
    • Orden del médico tratante cuando se necesite valoración domiciliaria.
    • Copia legible del documento de identificación.
  2. Presenta la documentación: Acude a la Secretaría de Salud de tu municipio y solicita una orden para la valoración para certificación de discapacidad y RLCPD. Consulta si requieren datos adicionales o nuevos canales de consulta para realizar este trámite.

  3. Espera la orden de servicios y selecciona la IPS: La Secretaría Distrital de Salud se comunicará contigo en un plazo de cinco (5) días hábiles para entregarte la orden de servicios. Una vez recibida, podrás elegir entre las IPS listadas en la orden. La IPS tendrá diez (10) días hábiles para asignar la cita.

  4. Retira tu Certificado de Discapacidad: En la cita de valoración, se te entregará el certificado al finalizar la consulta. La IPS reportará la información al Ministerio de Salud en un plazo de cinco (5) días hábiles. Si no estás de acuerdo con el resultado, puedes solicitar una segunda opinión dentro de los diez días hábiles posteriores a la valoración.

Importancia del Registro

Registrar a las personas con discapacidad en todos los niveles del Estado (Nacional, Departamental, Distrital y Municipal) permite conocer su situación y condiciones de vida, facilitando la planificación de acciones inclusivas para mejorar su calidad de vida y diseñar programas que equiparen oportunidades.

Para más información, puedes consultar el Ministerio de Salud y Protección Social y la Resolución 113 de 2020.