Todo lo que debes saber sobre la ley de cuotas en Colombia

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Cuotas legales

Colombia, al igual que otros paĆ­ses de la regiĆ³n, contempla una diversidad de leyes y decretos que tienen el fin de proteger, garantizar y promover los derechos de las personas con discapacidad.Ā 

En cuanto al sistema de cupos laborales para personas con discapacidad, Colombia no cuenta con legislaciones que obliguen a las empresas privadas a contratar trabajadores y trabajadoras con discapacidad.Ā 

Pero la Ā ley No. 361 de 1997, que establece mecanismos de inclusiĆ³n social y laboral para personas con discapacidad, en su artĆ­culo nĀ° 24 expresa que los particulares empleadores/as que vinculen laboralmente personas con discapacidad tendrĆ”n la garantĆ­a de ser preferidos en los procesos de licitaciĆ³n, adjudicaciĆ³n y celebraciĆ³n de contratos, pĆŗblicos o privados, si tienen en sus nĆ³minas por lo menos el 10% de personal con discapacidad debidamente certificadas por la oficina de trabajo de la respectiva zona y contratados por lo menos con anterioridad de un aƱo. Igualmente deberĆ”n mantenerse por un lapso igual al de la contrataciĆ³n.

Por otro lado, el Decreto 2011 del 30 de noviembre de 2017 establece el porcentaje de vinculaciĆ³n laboral de personas con discapacidad en el sector pĆŗblico:

  • Plantas entre 1 y 1000 empleos, deben destinar el 2% para contratar personas con discapacidad.
  • Plantas entre 1001 y 3000 empleos, deben destinar el 1% para contratar personas con discapacidad.
  • Plantas mayores a 3001 empleos, deben destinar el 0,5% para contratar personas con discapacidad.

AsĆ­ mismo estĆ” el Decreto 2177 del 22 de diciembre de 2017, en el cual se crea el Consejo para la InclusiĆ³n de la Discapacidad, cuyo objetivo es coordinar las acciones que el sector privado lleva adelante para velar por el ejercicio de los derechos y la inclusiĆ³n social, laboral y productiva de las personas con discapacidad, fomentando el desarrollo de la formaciĆ³n para el trabajo, la producciĆ³n y el empleo de las personas con discapacidad, sus familias y cuidadores.Ā 

Asimismo, las empresas privadas que apuesten por la contrataciĆ³n de personas con discapacidad deben regirse por los principios de estabilidad laboral/ocupacional reforzada.

La estabilidad laboral/ocupacional reforzada es una protecciĆ³n judicial que consiste en que todas las personas trabajadoras tienen el derecho a no ser despedidas a causa de una situaciĆ³n de vulnerabilidad.

Dentro de las personas, para las cuales aplica esta protecciĆ³n, se encuentran aquellas con algĆŗn tipo de discapacidad.

FiscalizaciĆ³n

Los organismos pĆŗblicos deberĆ”n reportar al Departamento Administrativo de la FunciĆ³n PĆŗblica en el primer bimestre de cada aƱo el cumplimiento del porcentaje de vinculaciĆ³n de servidores con discapacidad a travĆ©s del Sistema de InformaciĆ³n y GestiĆ³n del Empleo PĆŗblico – SIGEP.

Beneficios fiscales

SegĆŗn el artĆ­culo nĀ° 31 de la ley 391 de 1997, las empresas que contraten a personas trabajadoras con discapacidad que tengan al menos una limitaciĆ³n del 25% y que estĆ©n obligadas a presentar declaraciĆ³n de renta y complementario, tienen derecho a deducir de la renta el 200% del valor de los salarios y prestaciones sociales pagados durante el aƱo o perĆ­odo gravable a los y las trabajadoras con discapacidad, mientras esta subsista.

Asimismo, la ley 1618 de 2013, que establece la disposiciĆ³n para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad, agrega que las empresas que contraten personas con discapacidad tendrĆ”n los estĆ­mulos econĆ³micos que establezca el Ministerio de Hacienda y CrĆ©dito PĆŗblico.

Y por Ćŗltimo, estĆ” el decreto 392 del 26 de febrero de 2018, que establece incentivos en la contrataciĆ³n a las empresas que tengan vinculadas personas con discapacidad, refiere que en los procesos de licitaciĆ³n pĆŗblica y concurso de mĆ©ritos, para incentivar el sistema de preferencias a favor de las personas con discapacidad, las entidades estatales deberĆ”n otorgar el 1% del total de los puntos establecidos en el pliego de condiciones que acrediten la vinculaciĆ³n de trabajadores con discapacidad en su planta de personal.

Multas

El incumplimiento de las obligaciones por parte de los organismos pĆŗblicos del porcentaje de vinculaciĆ³n de personas con discapacidad se considera una falta grave.

Regulaciones sobre accesibilidad universal en oficinas o espacios de trabajo.

Si bien no existe una legislaciĆ³n especĆ­fica sobre la accesibilidad en los espacios de trabajo, la ley 361 de 1997 expresa la importancia de poder eliminar las barreras con las que se encuentran las personas con discapacidad.Ā 

A partir del artĆ­culo nĀ° 43, se mencionan normas y criterios bĆ”sicos para generar entornos accesibles. Por ejemplo, establece que las puertas principales de acceso de toda construcciĆ³n, pĆŗblica o privada, deberĆ”n abrir hacia el exterior o en ambos sentidos, deberĆ”n contar con manijas automĆ”ticas al empujar, y sin son cristal siempre llevarĆ”n franjas anaranjadas o blanco- fluorescente a la altura indicada.

AdemĆ”s, la ley 1346 de 2009, por medio de la cual se aprueba la ConvenciĆ³n sobre los Derechos de las personas con Discapacidad, reconoce el derecho de las personas con discapacidad a trabajar, en igualdad de condiciones con las demĆ”s. Esto incluye que los entornos laborales sean abiertos, inclusivos y accesibles para las personas con discapacidad.Ā 

Ā Para mĆ”s informaciĆ³n: Ley 361 de 1997.

Decreto 2011 de 2017.

Decreto 2011 del 30 de noviembre de 2017.

Estabilidad reforzada en Colombia.

Ley 1618 de 2013.

Decreto 392 de 2018.

Ley 1346 de 2009.

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