¿Es compatible una pensión por discapacidad en Argentina con un empleo registrado?

Para lograr una inclusión social, a partir del trabajo digno para las personas con discapacidad, la Observación General N° 18 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en su apartado 22, remarca que es necesario que:

“…Se eliminen todos los obstáculos artificiales a la integración en general y al empleo en particular; que como ha indicado la Organización Internacional del Trabajo, muy a menudo son las barreras materiales que la sociedad ha erigido en esferas como el transporte, la vivienda y el puesto de trabajo, las que se citan como justificación para no emplear a las personas con discapacidad”. 

Pero dicha Convención destaca que la mayoría de las personas con discapacidad viven en condiciones de pobreza, poniendo en cabeza del Estado la obligación de la protección social y el establecimiento de estrategias para su reducción (cfr. art. 28).

“.. El artículo 8° por Ley N° 23.313, el derecho al trabajo garantiza en lo personal al trabajador, el desarrollo de sus potencialidades, su proyección a futuro, la ampliación de los conocimientos personales, las relaciones sociales, el interés común, el apoyo en el otro, entre otros, y grupalmente permite la cohesión, la alteridad, la construcción colectiva, y la tendencia al bien común. Y en el artículo 1° inciso 2 nos destaca que la discapacidad se constituye cuando las personas con diversidad funcional, al interactuar con diversas barreras (materiales, actitudinales, comunicacionales, estructurales), se ven impedidas de ejercer y gozar de sus derechos humanos en igualdad de condiciones que los demás.”

La Asamblea General de Naciones Unidas determina que “…se deben de tomar las medidas necesarias para eliminar la discriminación, en particular para aquellas personas que viven en situación de pobreza.”

Y para la eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad, la Convención Interamericana aprueba que por “..Ley N° 25.280, en la misma línea establece normas efectivas para la protección del derecho de las personas con discapacidad al trabajo.”

El 5 de septiembre de 2017 que por el Decreto N° 698 “…se creó la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, como organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, encargado del diseño, coordinación y ejecución general de las políticas públicas en materia de discapacidad, la elaboración y ejecución de acciones tendientes a promover el pleno ejercicio de los derechos de las personas en situación de discapacidad y la conducción del proceso de otorgamiento de las pensiones por invalidez.”

Existe desconocimiento con lo que respecta a la posibilidad de seguir manteniendo una pensión no contributiva en caso de ser contratado laboralmente en relación de dependencia. El gobierno nacional, mediante una resolución de la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis), dispuso que si una persona con discapacidad que percibe una pensión por invalidez fuera contratada laboralmente en relación de dependencia, seguirá cobrando dicha asignación siempre que el sueldo no supere cuatro jubilaciones mínimas neto.

Según la resolución 34/2020 publicada en el Boletín Oficial, las personas con discapacidad que posean una pensión no contributiva podrán seguir cobrando el beneficio mediante notificación a la Agencia Nacional de Discapacidad al inicio de la relación laboral. Si la remuneración supera el límite establecido, al informarlo la Andis procederá a la suspensión del beneficio, aunque también se estipula en la medida que será inmediatamente rehabilitado en caso de despido o finalización de la relación laboral.

De acuerdo al comunicado oficial emitido, la decisión se adoptó para evitar que personas con discapacidad con derecho asignado a una pensión no contributiva desistieran de ingresar al mercado laboral por temor a perder dicha asignación.

Además, el Director Ejecutivo de la Agencia Nacional de Discapacidad resuelve varios artículos entre ellos:

ARTICULO 4°

– Se recuerda a los empleadores de personas con discapacidad y a las personas con discapacidad para que notifiquen a los mismos, que conforme lo establece el artículo 23 de la ley 22431: “Los empleadores que concedan empleo a personas con discapacidad, tendrán derecho al cómputo especial en el impuesto a las ganancias, equivalente al setenta por ciento (70%) de las retribuciones correspondientes al personal con discapacidad en cada período fiscal. El cómputo del porcentaje antes mencionado, deberá hacer al cierre de cada período. Se tendrán en cuenta las personas con discapacidad que realicen trabajo a domicilio”.

ARTICULO 11°

– La suspensión y el alta del beneficio podrá ser solicitado por el beneficiario tantas veces como se verifique la existencia de un vínculo laboral formal, en cualquiera de las formas que establece la ley 20744, 21297, 24013, 25371, 26.844, 25.154, 22431 (artículos 8, 21 inciso a), 23, 26.727, y demás regímenes especiales laborales vigente en la República Argentina.

45 Comentarios

  1. David

    Buen día la pensión por discapacidad son compatibles con la tarjeta alimentar y asignación .o se puede unificar ya que me quedé sin trabajo y ya no cobro fondo de desempleo y le retiraron todo igual el nunca cobro tarjeta alimentar

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    • Majo Acosta

      Hola David! Es importante que puedas comunicarte con el organismo emisor de dicha asignación para que puedan revisar tu caso. Saludos!

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      • Andrea

        Hola..trabajo de auxiliar en una escuela..tengo cud puedo cobrar una pension no contributiva

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        • Maria

          Hola . Me acaban de otorgar la PNC por discapacidad. En anses me dicen que me darían de baja la misma si consigo trabajo, pero el trabajo sólo podría durar unos meses (temporada alta ) y por un sueldo bajo . Yo quiero trabajar ya que tengo 45 años y no tengo hijos, estudie y ahora que estoy mejor de mi enfermedad crónica, me gustaría volver al trabajo , pero si me dan de baja la PNC para que me la reintegren va volver a demorar al menos 8 meses !!! Y que hago sin ello entonces ?
          Es actual la resolución que acabo de leer ??

          Responder
          • Sandra

            Mi esposo cobra pension no contributiva ,a mi me sacan el potencial yrabajo

        • Tamara

          Hola la pensión es compatible con potenciar trabajo xq me estoy esperando mi pension y me Aniston en el potenciar trabajo

          Responder
        • Gabriel

          Pnc por invalides es compatible con potenciar trabajo?

          Responder
          • Julio Zapata

            Hola… consulta, hace un año estoy a la espera de mi pnc, de tanto esperar tengo la posibilidad de un trabajo en relación de dependencia, si el trabajo se da, me anula el trámite de la pnc?
            Gracias

        • Jorge Elder Vizcarra

          Hola.yo trabajo en relacion de dependencia y hace mucho perdi la totalidad de la audicion de un oido querria saber si me corresponde un pencion

          Responder
      • Karen

        Es compartble el potenciar trabajo y la pensión por discapacidad?

        Responder
      • Gabriel

        Pnc es compatible con potenciar trabajo?

        Responder
  2. Yemina

    Buenos días, me gustaría saber a través de que vía se notifica a la Andis la posible relación laboral con una empresa privada siendo beneficiario de una pensión no contributiva.

    Saludos

    Responder
    • Majo Acosta

      Hola Yemina! Te recomiendo ingresar en su página y comunicarte por correo electrónico o teléfono de contacto, ahí seguramente te darán la información que buscas. Saludos!

      Responder
    • Javier

      Hola quisiera saber si trabajo en una empresa privada perderé la pensión de discapacidad? Como puedo saber eso?

      Responder
      • admin

        Gracias por tu consulta sobre la relación entre el trabajo en una empresa privada y la pensión de discapacidad. Es importante señalar que las personas con discapacidad tienen derecho a participar en el mercado laboral y a mantener su pensión no contributiva en ciertos casos.

        Según la Resolución 34/2020 de la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis), las personas con discapacidad que perciben una pensión por invalidez pueden seguir cobrando dicho beneficio siempre que el sueldo que obtengan no supere cuatro jubilaciones mínimas netas. Esto significa que puedes trabajar en relación de dependencia y mantener tu pensión, siempre y cuando tus ingresos no excedan ese límite.

        Es importante notificar a la Andis al inicio de tu relación laboral para informar sobre tu empleo y garantizar que se respeten tus derechos. En caso de que tu remuneración supere el límite establecido, la Andis suspenderá temporalmente el beneficio, pero se reactivará inmediatamente en caso de despido o finalización de la relación laboral.

        Esta medida se implementó para fomentar la inclusión laboral de las personas con discapacidad y evitar que renuncien a oportunidades laborales por temor a perder su pensión.

        Espero que esta información te sea útil. Si tienes más preguntas o necesitas aclaraciones adicionales, no dudes en escribirnos. Estamos aquí para ayudarte en tu búsqueda de empleo y para brindarte el apoyo que necesitas.

        Responder
        • Martin

          Quiero saber si trabajo de forma dependiente en un comercio no perderé la pensión ? Me pagarían 200 y dice que se puede hasta 4 jubilación mínima que serian 320.000 que debo hacer para seguir cobrando la pnc mientras me pagan los 200

          Responder
      • Gisela

        Hola quiero hacerle un mobotributo social a mi hijo que tiene 19años y mi miedo es q le saquen su pensión. , si lo hago se la sacan?

        Responder
  3. Judith Fideli

    Hola, mi hijo de 22 años tiene cud, no recibe ninguna pensión ni subsidio, pero está a nuestro cargo en la obra social. Consigue un pequeño trabajo que le piden que se inscriba al monotributo, nuestra duda es que si se inscribe lo van a sacar de nuestra obra social y en ese caso perderíamos el beneficio de que tiene cobertura de la medicación y la atención de salud.
    No consigo que nadie me asesore.
    Gracias

    Responder
  4. Mabel

    Hola buenas tardes…
    Quería consultar si al cobrar una pensión por discapacidad y te emplean en blanco .te sacan la prestación?

    Responder
    • Majo Acosta

      Hola Mabel! La compatibilidad depende del tipo de pensión que recibes, por lo que te recomiendo comunicarte directamente con el organismo correspondiente para que aclaren tus dudas. Saludos!

      Responder
      • Joaquín

        Mi trámite pnc ya va un año y dos meses y no me sale….ya me comunique con andis y solo me dicen que van a pedir acelerar el trámite….hay otra vía para saber por qué se demora tanto mi pensión?

        Responder
      • Brian

        Hola estoy trabajando en una empresa privada en blanco y hace poco me salió la pensión por invalides que había iniciado hace bastante tiempo.La puedo cobrar sin problema?

        Responder
        • admin

          ¡Hola Brian! Es comprensible que tengas preguntas sobre la pensión por invalidez y tu empleo en una empresa privada. La obtención de una pensión por invalidez en Argentina puede plantear algunas dudas, pero aquí tienes información relevante que espero te ayude a aclararlas:

          Según la resolución de la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis), si una persona con discapacidad que percibe una pensión por invalidez es contratada laboralmente en relación de dependencia, seguirá cobrando dicha asignación siempre que el sueldo no supere cuatro jubilaciones mínimas netas. Esto significa que, si tu salario no excede ese límite, puedes continuar cobrando tu pensión por invalidez mientras trabajas en la empresa privada. ✅

          Es importante notificar a la Andis al inicio de la relación laboral para que puedas mantener tu pensión de manera adecuada. Ten en cuenta que si tu remuneración supera el límite establecido, la Andis procederá a la suspensión del beneficio, pero también se estipula que será inmediatamente rehabilitado en caso de despido o finalización de la relación laboral.

          Sin embargo, te recomiendo que consultes directamente con la Andis o con un asesor legal especializado en discapacidad y pensiones para obtener orientación específica sobre tu situación, ya que las leyes y regulaciones pueden cambiar y variar según las circunstancias individuales.

          Es importante asegurarse de seguir los procedimientos adecuados y mantenerse informado para tomar decisiones informadas sobre tu pensión. Si tienes más preguntas o necesitas más orientación, no dudes en preguntar. Estoy aquí para ayudarte. ¡Mucho ánimo!

          Responder
      • diego

        hola majo, buenas noches, te comento, soy auxiliar de escuela, mi sueldo es el equivalente a un salario m. v y m. soy epileptico y el medico me dijo que no tengo cura y que mi enfermedad es permanente. tengo que tramitar el certificado de discapacidad. consulta me corresponde la pension? desde ya muchas gracias!

        Responder
        • admin

          ¡Hola Diego! Gracias por tu consulta. El hecho de contar con un certificado de discapacidad puede otorgarte ciertos beneficios y derechos, como la posibilidad de acceder a pensiones o programas de apoyo. Sin embargo, para determinar si cumples con los requisitos para una pensión, te recomendaría que te pongas en contacto con la entidad gubernamental correspondiente que maneje los temas de discapacidad y seguridad social. Ellos podrán proporcionarte información específica sobre los beneficios y procesos disponibles para personas con discapacidad.
          ¡Espero que puedas obtener la asistencia que necesitas!

          Responder
    • Gaston

      Hola qué pasa si yo cobro potenciar trabajo y ahora no puedo trabajar más y hago la pensión no conteibutiva

      Responder
    • Hector Alberto Munoz

      Ingreso a desempeniar mis actidades tecnico en higuiene y seguridad ıaboraı pör decreto municipal, consulto en forma verbal sra abinet delia respondable, jubiıaciones y pensiones aduce no hace faıta eı sistema lo detecte le notificara y que ıe dara de baja beneficio pnc, jamas llego esgrimido. Hacen mas anö medio me dejan cesante aduciendo por percibir esta. Entre otras falacias

      Responder
  5. Hernan

    hola tengo una pensión por invalidez es compatible con el monotributo social ya que ANDIS no me contesta y quiero tener obra social

    Responder
    • Anahi

      Yo consulté en Anses por pnc y monotributo social y me dijeron que si es compatible

      Responder
  6. aldana

    hola yo tengo una pnc por discapacidad, si me hago el monotributo social pierdo dicha prestacion?

    Responder
    • Anahi

      Me dijeron en Anses que no te quitan la pnc si es monitributo social

      Responder
  7. gastón Tevez

    hola yo soy apoderado de mi hijo que cobra PNC, puedo yo cobrar la Asignación familiar por hijo? muchas gracias

    Responder
    • Marisol

      Hola yo cobro potencial trabajo y me llegó la pensión por hinbalide me lo sacan al potencial

      Responder
  8. Mónica joris

    Mi hijo cobra una pension no contributiva y ahora tiene la posibilidad de un trabajo en blanco y su sueldo sería de 95000 pesos ….quería saber si el puede su pension

    Responder
    • Ana

      Buenas tardes, trámite pensión no contributiva por mi hija me salió favorable.. mi consulta es si me dan de baja potenciar trabajo

      Responder
  9. Sabrina Milagros Blanco Sanchez

    Una pregunta, yo cobro pensión por discapacidad. Mi duda es, si consigo trabajo en blanco puedo seguir cobrando la pensión?

    Responder
  10. Franco

    Hola buenos días tengo una pensión no contributiva, puedo entrar en alguna fábrica en blanco ? Me pude explicar?

    Responder
    • admin

      ¡Hola Franco!
      Es importante que lo consultes en el organismo emisor correspondiente.

      Responder
  11. Dora larumbe

    Mi hijo tienen potencial trabajo tiene una discapacidad puedo aseele el salario no le sacan el potencial

    Responder
  12. fabricio

    hola yo cobraba pensión por discapacidad hasta el año 2011 que entre a trabajar en delación de dependencia, me la quitaron puedo volver a solicitar donde gracias .

    Responder
  13. sandra

    Hola, yo tuve pnc pero al empezar a trabajar en blanco me la sacaron. estoy trabajando hace 12 años ya. puedo solicitar nuevamente la pensión? cobro 20000 no llego a las 4 jubilaciones. Gracias

    Responder
    • admin

      ¡Hola Sandra!

      Entendemos que la situación de las pensiones puede ser complicada. En tu caso, al haber trabajado en blanco y no haber alcanzado las 4 jubilaciones, puede ser una opción solicitar nuevamente la pensión no contributiva (PNC).

      Para obtener una respuesta más precisa y personalizada, te recomendamos que te pongas en contacto con la entidad correspondiente encargada de las pensiones en tu área. Ellos podrán brindarte información detallada sobre tu elegibilidad y los pasos que debes seguir.

      Si tienes más preguntas o necesitas orientación sobre cómo proceder, no dudes en preguntar. Estamos aquí para ayudarte en lo que necesites.

      ¡Saludos!

      Responder
      • Natalia campos

        @Amin la pnc es compatible con potenciar trabajo????

        Responder
  14. MATEO

    BUENOS DIAS. MI PREGUNTA ES AL TRABAJAR EN BLANCO EN SECTOR PRIVADO. MI PREGUNTA PUEDO COBRAR LA PENSIÓN POR DISCAPACIDAD? SON COMPATIBLES?

    Responder

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