Son varios los beneficios tributarios que tiene una empresa que ofrece empleos formales a personas con discapacidad en Colombia.
Es importante que los empresarios conozcan que al brindar esta posibilidad hay ganancias para todas las partes: por un lado la inclusión laboral de esta población aporta al crecimiento de la economía del país en la medida en que una persona con discapacidad que trabaja sale del sistema de subsidios y optimiza los recursos del Estado (que son de todos); el trabajador con discapacidad mejora su calidad de vida y la de su familia y además el empresario se beneficia en los siguientes aspectos económicos:

Beneficios tributarios al contratar personas con discapacidad en Colombia
La legislación colombiana brinda beneficios económicos a las empresas que vinculan formalmente personas con cualquier tipo de discapacidad calificada por encima del 25%.
LEY 361 DE 1997 Artículo 24
Las empresas son preferidas en igualdad de condiciones en los procesos de licitación, adjudicación y celebración de contratos, sean estos públicos o privados si estos tienen en sus nóminas por lo menos un mínimo del 10% de sus empleados con discapacidad. Tienen prelación en el otorgamiento de créditos de organismos estatales, siempre y cuando estos se orienten al desarrollo de planes y programas que impliquen la participación activa de personas con limitación.
Gozan de beneficios arancelarios a la importación de maquinaria y equipo especialmente adaptados o destinados al manejo de personas con limitación.
LEY 361 DE 1997 Artículo 31
Las empresas que contraten trabajadores con limitación no inferior al 25% y que estén obligados a presentar declaración de renta tienen derecho a deducir de la renta el 200% del valor de los salarios y prestaciones sociales pagados durante el último año gravable a los trabajadores con limitación. (ver ejemplo página siguiente).
PARÁGRAFO: La cuota de aprendices que está obligado a contratar el empleador se disminuirá en un 50%, si los contratados por él son personas con discapacidad comprobada no inferior al 25%.
Es decir, que cada aprendiz SENA con discapacidad vale el doble en la cuota asignada a la empresa.
Ejemplo para la deducción en el Impuesto de Renta
Si un trabajador con discapacidad recibe un sueldo de $700.000, el costo real para la empresa es de $1.107.442 mensuales, debido a que se suman los auxilios y prestaciones sociales de Ley. Por lo anterior, en un año de trabajo, el costo real del trabajador es: $1.107.442 x 12 meses = $13.289.308
Al hacer la Declaración de Renta y Complementarios o de Ingresos y Patrimonio, el 200% del costo real del trabajador en la nómina (es decir $2.214.885 por cada mes de trabajo) se reporta ante la DIAN como una Deducción; se reduce entonces el valor de la Renta Líquida Gravable y por tanto el impuesto que paga la empresa es menor. Si el trabajador con discapacidad lleva un año (12 meses) trabajando antes del pago del Impuesto, el valor de la deducción sería de $26.578.616. Si lleva menos meses, el valor se promedia.
Beneficios Regionales
SOLO MEDELLÍN: Acuerdo 50 de 1997 Los contribuyentes de Industria y Comercio que empleen personal con discapacidad residente en Medellín, podrán descontar de la base gravable anual el 200% de los pagos laborales en el año gravable.
Información para tener en cuenta • Los beneficios mencionados aplican cuando los trabajadores con discapacidad tienen una calificación superior al 25%. Esta certificación puede ser generada por las Juntas de Calificación de Invalidez o las Entidades Promotoras de Salud (EPS, ARS). •No es prudente que el empresario exija a una persona con discapacidad esta certificación como requisito previo para su contratación. Lo importante es que la empresa pueda tenerla en algún momento antes del pago de sus impuestos, para que sirva como sustentación ante la DIAN en caso de que sea fiscalizado el descuento del que se benefició. •Los practicantes universitarios con discapacidad vinculados para cubrir cuota de aprendices ante el SENA, también pueden beneficiar a las empresas, pues valen por dos. •Las empresas pueden aprovechar los descuentos tributarios para generar mayores y mejores empleos; por tal motivo es importante que estos beneficios sean aprovechados; no deberían interpretarse como algo negativo o de manipulación hacia la población con discapacidad.
Fuente: Pacto de Productividad
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Hola soy discapacitada física busco trabajo. Técnica en auxiliar contable. Colombia
En qué ciudad vives?
hola soy soy Robert Getial vivo en Mocoa Putumayo, tengo una perdida de discapacidad laboral del 30% emitidad por la junta regional de bogota, soy de profeccion Tecnologo Forestal y estudie un Tecnico de Maanejo Ambiental del sena actualmente por ese motivo asido dificil realizar mi etapa practica
Hola . Deseo conocer el proceso administrativo para gozar de los beneficios que da el estado a las empresas y a mi como persona con discapacidad. Pronto me llegará , si Dios lo permite, el certificado de discapacidad gestionado ante mi EPS SAVIA SALUD .
DIOS LOS CONTINÚE BENDICIENDO.
Espero pronto su respuesta, muchas gracias.
Hernán de Puerto Triunfo – Antioquia
Hola Pregunto: Una empresa de menos de 10 trabajadores puede gozar de estos beneficios contemplados en la ley 361 de 1997.
Hasta pronto, muchas gracias.
buenos dias un favor soy una persona con una discapacidad de 32 por ciento mi profesion es conductor de transporte de pasajeros con 8 años de experiencia estoy a disposicion 3114514473 GRACIAS
Quiero preguntar si también cuenta con voluntarios, o sea yo doy en el hostal a los voluntarios hospedaje y las tres comidas del día a los voluntarios, sin embargo un joven con esclerosis múltiple con cierto grado de discapacidad quiere ser parte de mi voluntariado. Mi pregunta va es que si como voluntario también encuentro este descuento para mi empresa. Gracias
OLA SOY HECTOR ALFONSO MIRA ACUÑA SOY DISCAPACITADO TENGO UNA DISCAPACIDA DEL 52.8 PORCIENTO PERO LA VERDAD NO SE ME A DADO LA OPORTUNIDAD D ESTUDIAR PERO ME GUSTARIA SABER EN QUE BENEFICIOS ME PUEDEN AYUDAR VIVO EN VALLEDUPAR